* La modificación establece plazos para la capacitación de personal judicial, la revisión de normas policiales y la aplicación de la NOM-046-SSA2-2005
Con 32 votos a favor, el Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria adicionar cuatro artículos transitorios al Decreto número 737, con el objetivo de garantizar que las reformas al Código Penal para el Estado de Oaxaca en materia de violencia sexual se implementen de forma clara, efectiva y con enfoque de derechos humanos.
La medida, dictaminada por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia a partir de la iniciativa de la diputada Elisa Zepeda Lagunas, del Grupo Parlamentario de Morena, establece la obligatoriedad y los plazos para la capacitación de servidores públicos, la actualización de protocolos policiales y la regulación procesal requeridas en la entidad.
Esta adecuación garantiza que las reformas al Código Penal no permanezcan únicamente como postulados normativos, sino que se traduzcan en acciones transversales e imperativas para los poderes públicos encargados de la procuración e impartición de justicia, la seguridad ciudadana y el sector salud.
En el ámbito procesal, el artículo transitorio Tercero consagra el principio de irretroactividad de la ley y la certeza jurídica, al estipular que los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del marco normativo continuarán su tramitación conforme a la legislación vigente al momento de su inicio hasta su conclusión.
Por su parte, el transitorio Cuarto impone un plazo no mayor a 180 días naturales para que el Poder Judicial del Estado de Oaxaca y la Fiscalía General del Estado (FGEO) implementen programas de capacitación obligatoria dirigidos a juezas, jueces, magistradas, magistrados, ministerios públicos, personal pericial y operadoras del sistema penal. Dicha formación estará centrada en la correcta aplicación de los nuevos estándares sobre consentimiento sexual con enfoques de derechos humanos, perspectiva de género e interés superior de la infancia y la adolescencia.
En materia de seguridad pública, el transitorio Quinto mandata a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado (SSPC), en coordinación con la Fiscalía General, a actualizar en un plazo máximo de 180 días naturales sus protocolos de actuación policial para casos de violencia sexual. Esta disposición busca evitar la revictimización, perfeccionar la preservación de indicios en el primer contacto y asegurar una actuación idónea desde el inicio de las investigaciones
Asimismo, el transitorio Sexto vincula a los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) y al sistema IMSS-Bienestar para articular e implementar acciones operativas que difundan y garanticen la estricta observancia de la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, referente a la violencia familiar, sexual y contra las mujeres.